Definición de Haberes y Descuentos

Permite definir tanto los haberes cómo los descuentos que posteriormente se aplicarán a los funcionarios.

 

Dependiendo de las propiedades de cada uno de ellos es como afectarán en el cálculo de las remuneraciones.

Los Haberes y / Descuentos se distinguen por su descripción y propiedades y no existe limitación en la cantidad y en la variedad.

Nota: Cuando asigne Haberes o Descuentos a un funcionario, no puede aplicar más de una vez el mismo ítem. Ejemplo: No puede asignar dos veces el haber BONO, aunque sea con distinto monto. Debe ser más específico para identificar para que el sistema pueda diferenciar uno del otro. Llámelo BONO 1 y BONO 2, suficiente para que el sistema los considere distintos y así puedan aplicarse ambos a un funcionario.

Defina todas las posibilidades para que no existan inconvenientes en el momento de asignarlos a los funcionarios.

 

Propiedades

 

Tipo

A=Haberes       D=Descuentos

 

Imponible

I=Imponible      N=No imponible.

 

Tributable

T=tributable      N=No tributable

 

Descripción

Nombre del Haber o Descuento. Este nombre debe ser único.

 

Factor días

S=Es proporcional a los días trabajados. Se multiplicará por los días trabajados. En caso contrario considerará el monto completo.

 

Factor días asistidos

S = Es multiplicado a los días asistidos. En caso contrario considerará el monto completo. Por ejemplo, si se define un Haber CASINO, podría depender de los días que se presentó en el trabajo, es decir, los días que gozo del beneficio del casino. (Días hábiles).

 

Monto

Valor inicial. Puede ser cambiado cuando se aplica al funcionario.

 

Cuenta Contable

Cuenta contable a la cual está afectada cuando se realiza la centralización contable.